DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de primera instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 ordinales 2°, 3° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 252 ejusdem, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano: JULIO CESAR PACHECHO PEREZ, titular de la cédula de identidad nro. 16.278.888 (no la porta), de 26 años de edad, 6º de instrucción, Soltero, Obrero de oficio, hijo de Marco Pacheco y Nora Pérez, nació en fecha 24-10-1983, natural de esta ciudad, residenciado en la calle 49 entre carreras 27 y 28, casa Nº 27-50, a 500 metros de "Ferre colmenares", de esta ciudad, telé.....