D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Control Nº 3, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación de lo establecido en el artículo 39 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento de la ocurrencia de los hechos, aplicable en virtud de la extraactividad prevista en el Artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO al acusado JORGE ENRIQUE TOVAR, venezolano, de 43 años de edad, nacido en fecha 18-07-1961, hijo de Jorge López y Rosalía Tovar, cédula de Identidad N° 7.385.853, residenciado en Urbanización Eligio Macías Mújica, vereda 7, Nº 7, Sector 2 Estado Lara, previa admisión de los hechos que configuran el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en al Artículo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustan.....