Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA LA ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL de los ciudadanos: HECTOR LAMEDA, titular de la cédula de identidad Nº 14.512.124, adscrito al grupo de trabajo Contra Homicidio de la Sub-Delegación San Juan, Estado Lara, JOSE RAFAEL UNDA CAMACARO, titular de la cédula de identidad Nº 7.388.563, adscrito a la Sub-Delegación San Juan, Estado Lara, CARLOS EDUARDO CASTILLO SIVIRA, titular de la cédula de identidad Nº 15.884.396, adscrito a la Sub-Delegación San Juan, Estado Lara, JOSE ALBERTO GARCIA SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.504.337, adscrito a la Sub-Delegación San Juan, Estado Lara Y ESNEIDER ALFREDO SUAREZ ONTIVEROS, titular de la cédula de identidad Nº 16.387.337, adscrito a la Sub-Delegación San Juan, Estado Lara. Así se Declara. Líbrese los correspondient.....