/Por las razones expuestas, este Tribunal de Control No.1 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela acuerda: 1-: Hacer la entrega del vehículo antes identificado en calidad de depósito de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ARMANDO RAFAEL CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 4.739.905, identificada plenamente en actas, o en su defecto a su representante abogada NANCY LISCANO DE SUÁREZ. 2-: Oficiar al Estacionamiento LA CONCORDIA C. A ubicado en la Autopista Centro Occidental Vía Quibor Km. 9 Y 10 que por decisión de esta misma fecha se acordó la entrega del vehículo ya identificado al mencionado ciudadano en calidad de depósito. 3-: Se acuerda notificar del presente auto a la Fiscalía 9 del Ministerio Publico del Estado Lara. A cargo de la profesional del derecho MARIA MILAGROS PARRA. Notifíquese al solicitante y expídasele copia certificada