DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 numeral 5 ejusdem, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA AL IMPUTADO ARTURO DE JESÚS LUCENA ESCALONA, titular de la cédula de identidad Nº 7.450.553, nacido en Barbacoa Estado Lara, edad 50 años, hijo de Sixto Lucena y de Clementina Escalona, estado civil soltero, profesión u oficio: Chofer, residenciado en urb. Jesús Maria López vereda 1 casa Nro.80-53 El Tocuyo Estado Lara, consistente en Prohibición de suministrar información o declaraciones a los medios de comunicación social de la presente causa. Se ordeno la continuación del presente asunto por vía del PROCEDIMIENTO ORDINARIO. Es todo. Regístrese, Publí.....