DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 ordinales 3 ejusdem, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA EN CONTRA DEL IMPUTADO: YENDERSON GUSTAVO ESCALONA CHIRINOS C. I N° 20.234.796, de 19 años de edad, 7mo de instrucción, Soltero, hijo de Carolina Chirino y Felipe Escalona, nació en fecha 16-09-89, natural de Barquisimeto, Estado Lara, residenciado en Urb. Don Jesús calle 1 casa 1 -01 de esta Ciudad, consistente en la PRESENTACIÓN CADA TREINTA (30) DÍAS, a partir del día 09-02-09. Se Decreto CON LUGAR la FLAGRANCIA y se Ordeno la continuación de la causa por PROCEDIMIENTO ABREVIADO.-
Así mismo, se indica que el dispositivo de esta decisión fue dictado en pr.....