Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JOHN WALTER OROZCO MEZA por la comisión del Delito de Hurto Calificado En Grado De Frustración previsto en el art 455 del Código Penal Venezolano vigente para el momento en que se cometieron los hechos en concordancia con el art. 80 y 82 ejusdem, ya identificado, a sufrir la pena de Dos (2) Años de prisión, por ser autor responsable del Delito de Hurto en agravio del el Servicio Neuroinfantil del Hospital Antonio María Pineda calculándose la pena con base a lo dispuesto en las normas sustantivas y procesales respectivas; SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal vigente; TERCERO: Se Mantiene Cautelar decretada al p.....