/Este tribunal en funciones de control N° 1, Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, signada con el Nro. 13-F2-1297-04, de la nomenclatura llevada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con lo establecido en el articulo 301 ultimo aparte del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a al ciudadano CARLOS VIC FARIAS, titular de la cédula de identidad nro. 7.404.722.- Notifíquese a las partes, cúmplase, regístrese remitiéndose las actuaciones una vez cumplidas las formalidades de ley al Fiscal del Ministerio Público según causa N° 13-F2-1297-04 a los fines de su Archivo Fiscal de conformidad con el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal.