Analizadas las actas procesales del presente asunto, en la misma consta lo siguiente, en fecha 17-05-04, el Ministerio Público, solicita Medida Privativa de Libertad, contra los ciudadanos Carlos Luis Pérez e Ingrid González, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del delito de Hurto, establecido en el artículo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, consta también que en fecha 17-06-04, el Ministerio Público, presenta el referido Acto conclusivo, terminando así la etapa de investigación. Ahora bien, en fecha 02-07-04, previa verificación del Juris, consta que la defensa solicita una revisión de medida a favor de los ya citados acusados, alegando la libertad personal y el debido proceso. Ahora bien, de conformidad como lo establece el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y dado que el Ministerio Público, presenta el acto conclusivo, este Tribunal decide la solicitud hecha por la defensa, en los siguientes términos:
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