DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: Se acuerda a los ciudadanos PABLO JESUS CARRASCO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.828.894 ROJAS ROJAS DEIKER EDILBER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.828.897 y RODRIGUEZ PEREZ DAYSON JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.197.340, identificados en autos, identificados en autos, la tramitación de la causa por el procedimiento para el Consumo establecido en el articulo 141 de la Ley Orgánica de Droga y la obligación de acudir a la ONA a fin de que se le practiquen los exámenes psiquiátricos, psicológicos y sociales para lo cual se ordena la realización de los mismos en la ONA en horas de la mañana, y que el mismo sea sometido a tratami.....