En base a las consideraciones que preceden, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 del Circuito Judicial del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, decreta:
PRIMERO: Se acuerda Declinar la Competencia para el conocimiento de la causa al Tribunal de de Control Sección de Responsabilidad Penal Adolescente de Barquisimeto del Estado Lara que corresponda, de conformidad con lo establecido en los artículos 79 y 80 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el ciudadano GILBERTO JESUS __ , Cédula de Identidad Nº V- ___, de 17 años de edad, es un adolescente según información plasmada en el acta de investigación penal levantada en fecha 01-07-2013 por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales.-.
SEGUNDO: Se acuerda aperturar cuaderno separado, remitiendo copia certificada de las presentes actuaciones respecto al ciudadano GILBERTO JESU.....