Por los motivos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la Recusación planteada por la ciudadana NATIVIDAD COROMOTO CASTILLO PÉREZ, actuando en este acto en su condición de Víctima, planteada en el asunto principal N° KP01-P-2013-006821, contra la Abg. Amaril del Carmen Pacheco Andazora, Juez del Tribunal Itinerante de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial Penal; de conformidad con la causal prevista en el numerales 6 y 7 del artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese. Líbrese Boleta de Notificación al recusante y al Juez Recusado, a los fines de remitirle copia certificada de la presente decisión.
Dada, Firmada, sellada, y refrendada en la Sala de audiencia de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a los treinta y un (31) días d.....