Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el ABG. GILBERTO LEON ALVAREZ, actuando en este acto con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES Q.P. 1421 C.A, representada por José Ricardo Ángel Briceño y Crispin Capela de Almeida, contra la decisión dictada por el Tribunal Itinerante de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control No. 08 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 21 de Noviembre de 2016, e inserta en el asunto principal N° KP01-P-2015-09972, mediante la cual, conforme al artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la solicitud fiscal, en consecuencia decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa de la solicitud interpuesta por la Fiscal Provisoria Cuarta Encargada de la Fiscalía Sé.....