DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículos 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto Abg. Angélica Joves, Defensora Pública Cuarta Penal Ordinario, en Defensa del ciudadano JOSÉ ANTONIO CARDENAS LÓPEZ, contra la decisión dictada en 08/09/2014, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la solicitud de la defensa de decaimiento de medida conforme al artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano José Antonio Cardenas López, en la cusa que se le sigue por la presunta comisión del delito de OCULTACIÓN ILÍCITA DE DROGAS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, OCULTACIÓN ILÍCITA AGRAVADA DE DROGAS, previsto y sancionado en el segun.....