DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Abg. Armiño Lugo, en representación del ciudadano MARTIN JOSÉ SOTO LUZARDO, ya que la presunta violación de derechos constitucionales alegadas CESO, cuando la Abg. Wendy Asuaje, en su condición de Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 17 de Julio de 2013, se pronunció en relación a la solicitud de entrega de vehiculo, lo cual es el objeto de la presente acción de amparo, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la violación de los derechos constitucionales.
Regístrese la presente decisión. Cúmplase.
La parte interesada, podrá apelar de la presente decisión en e.....