DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por la ABG. IRMAN DEL CARMEN GONZALEZ GARFIDO, I.P.S.A N° 127.427, actuando con el carácter de Defensa Privada del ciudadano PABLO RAFAEL COLMENARES COLINA, titular de la Cedula de Identidad N° V- 12.022.326, en contra de la decisión dictada en fecha 08 de Mayo 2019 y fundamentada en fecha 22 de Mayo de 2019, por parte del Tribunal de Primera Instancia Estadal en Función de Control Nº 06, mediante la cual DECRETO MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano up supra, por la presunta comisión del delito de REVENTA DE PRODUCTOS, previsto y sancionado en el artículo 55 de la Ley Orgánica de Precios Justos.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de la Corte de Apela.....