DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Veronica Andreina Gutiérrez Pineda, en su condición de Fiscal Auxiliar Interina Séptima del Ministerio Publico Circunscripción Judicial del Estado, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 07 de éste Circuito Judicial Penal, en fecha 04/07/2013 y fundamentada en fecha 09/07/2013, mediante el cual se aparta de la precalificación jurídica realizada por el Ministerio Publico, niega la solicitud realizada por el ministerio publico de una rueda de reconocimiento, niega la incautación preventiva de la moto del bloqueo y de las cuentas bancarias de los imputados de autos.
Regístr.....