DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Abogado RUBEN DARIO VILLASMIL, actuando en representación del ciudadano JHONNY PASTOR PÉREZ CASTRO, ya que la presunta violación del derecho constitucional alegada por el accionante CESO, cuando el Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 9 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 10 de Diciembre del presente año, se pronunció con respecto a la solicitud de revisión de medida de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en el asunto principal signado con el N° KP01-P-2007-008518.
Regístrese y Notifíquese al accionante.
La parte interesada podrán apelar de la presente deci.....