DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abg. Zarelly Zambrano M., en su condición de Defensora Pública Décima Penal Ordinario en Defensa de los ciudadanos EMNELY ROYBEYKERTH VIRGUEZ LINAREZ, ROSBERLY ROXI PACHECO HERRERA y SOLAYNIS VIRGUEZ LINAREZ, contra la decisión dictada en 20/11/2012, por el Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 04 de éste Circuito Judicial Penal, mediante el cual declara Con Lugar la petición de la Fiscalia del Ministerio Público del Estado Lara, y decreta Medida Cautelar de Desalojo Inmediato del Inmueble Invadido, ubicado en Santa Rosa, Urbanización Fortucci, Municipio Santa Rosa al Final de la Calle Turen, Estado Lara, propiedad de la ciudadana AHIDE RAMONA FREITEZ MARC.....