DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE por falta de legitimidad, la acción de amparo constitucional interpuesta por el Abg. Gerardo Alcalá, quien manifiesta actuar en representación del ciudadano ROLANDO GABRIEL ACOSTA HERRERA, por la presunta OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO, por parte del Tribunal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 5 de este Circuito Judicial Penal, en relación a la entrega de un vehiculo, según causa signada con el Nº KP01-P-2013-005915; de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Regístrese y notifíquese al accionante de la presente decisión.
La parte interesada podrá apelar de la presente decisión en el lapso legal correspondie.....