Por las razones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 del Código Orgánico Procesal Penal, la Recusación incoada por el Abogado GERARDO CARRILLO, en su condición de Defensor Privado del ciudadano CRISTÓBAL QUINTAL, contra la Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 07 de este Circuito Penal del Estado Lara, Abg. Marisol López González, en el Asunto Principal N° KP01-P-2008-009438, de conformidad con lo previsto en el artículo 86 numeral 7° del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese la presente decisión y remítase la presente incidencia, al Tribunal Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, que conoce de la Causa Principal, a los fines de que sean agregadas al mismo. Igualmente l.....