DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, la Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE POR FALTA DE LEGITIMIDAD, la acción de Amparo Constitucional interpuesta Abogada VERÓNICA RAMOS CHACÓN, quien manifiesta actuar en su condición de Defensor Pública del ciudadano GUSTAVO RAFAEL PARRA PAREDES, dicha acción de amparo fue presentada conforme a lo establecido en los artículos 26 Y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por omisión de respuesta por parte del Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 2, de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en relación a las solicitudes presentada por la defensa pública referente a la libertad inmediata de su defendido, en el asunto principal signado con el Nº KP01-P-2013-004601; de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la .....