Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARA IMPROCEDENTE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la Abogada Carmen Alicia Perozo en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano Roberh Medina, en virtud de que el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, se encuentra realizando las actuaciones necesarias para pronunciarse con respecto a la solicitud invocada.