DISPOSITIVA
Por los motivos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la Recusación planteada por el ciudadano JOSÉ AREVALO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-22.266.766, EN SU CONDICIÓN DE VÍCTIMA, ASISTIDO DEBIDAMENTE POR EL ABG. JAIRO GONZALEZ, I.P.S.A N° 148.662, contra la Abogada MARJORIE ALEJANDRA PARGAS SANTANA, en su condición de Juez de Primera Instancia en funciones de Control Nº06 de este Circuito Judicial Penal.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en Barquisimeto a la fecha ut supra. Años 209º de la Independencia y 160º de la Federación.
POR LA CORTE DE APELACIONES DEL ESTADO LARA
El Juez Profesional,
Presidente De La Corte De Apelaci.....