DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Pedro José Troconis Da Silva, en su condición de Apoderado Judicial de las victimas ciudadanos WILLIAMS EDUARDO HERNANDEZ SANCHEZ, YRMA ELADIA CHUMBES RAMOS Y MARIA DE LOS ANGELES CAMACARO ORELLANA, contra la decisión dictada en fecha 27 de Marzo de 2015, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Itinerante de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante la cual decretó el sobreseimiento de la causa, seguida a los ciudadanos Haydee Rodríguez Marquez y Haydee Marquez de Rodríguez por la comisión del delito de Estafa Continuada, previsto y sancionado en el 462 en concordancia con el artículo 99 del Código Penal Vigente, de conformidad con lo dispuesto en el numeral .....