DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. CARLOS LUIS LOPEZ VASQUEZ, en su carácter de Defensa Publica Duodécimo del Sistema Penal Ordinario, actuando en tal carácter del ciudadano MICHAEL LEONEL GARCIA MUJICA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N°25.433.702, contra la decisión dictada en fecha 30 de Diciembre de 2015 y fundamentada en la misma fecha por la Juez del Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreta la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano MICHAEL LEONEL GARCIA MUJICA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N°25.433.702, por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el art.....