DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Declara CON LUGAR la Inhibición planteada por la Jueza Primera en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, abogada Wendy Carolina Azuaje Pérez, mediante acta levantada en fecha 12 de Abril de 2016, en el asunto KP01-P-2013-010224, seguido al ciudadano JOSE WLADIMIR GONZALEZ, en virtud de haber celebrado el Juicio Oral y Público y haber dictado Sentencia Condenatoria por el Procedimiento de Admisión de Hechos en relación al ciudadano RIXIO ESTEBAN LEAL, titular de la cédula de identidad N° 21.245.213, por encontrarle responsable penalmente en el delito de TRAFICO ILÍCITO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte en relación con el articulo 163 ordinal 7° de la Ley Orgánica de Drogas, POS.....