DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación con motivo de Efecto Suspensivo interpuesto por el Fiscal Vigésimo Séptimo del Ministerio Público del Estado Lara, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 02 de éste Circuito Judicial Penal, en audiencia oral de calificación de flagrancia, celebrada en fecha 27 de Febrero de 2011 y fundamentada en fecha 28 de Febrero de 2011, mediante la cual DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado WILY MIKEL CAMBERO SEQUERA, titular de la cédula de identidad N° 24.394.588, consistente de LA DETENCIÓN DOMICILIARIA. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Queda REVOCADA la Decisión objeto de impugnación y en consecuencia, SE DECRETA LA.....