DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por los Fiscales Vigésimo Sexto del Ministerio Publico, Abg. MARUJA BRUNI JARAMILLO, ABG. ELLYNETH MARIELA GOMEZ, ABG. MARIA MILAGRO PARRA, en contra la decisión dictada en fecha 24 de Agosto de 2018 y fundamentada en la misma fecha, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Nº 06 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual condena a los ciudadanos DANIEL ALEXANDER PÉREZ DÍAZ, titular de la cédula de identidad N° 18.423.321, SUYERSON JOSÉ REYES TERAN, titular de la cédula de identidad N° 20.189.452 y JUAN PABLO AGÜERO LOBO, titular de la cédula de identidad N° 15.667.554, a través del procedimiento de Admisión de Hechos, por la comisión del delito de EXTORSIÓN AGRAVADA, previsto y san.....