DECISIÓN
Por las razones expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el Abg. Edward Alexander Viera Monteverde, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 262.968, actuando en propio nombre, ya que, el Tribunal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control N° 08 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 18 de Octubre de 2016, se pronunció ordenando remitir a esta Corte de Apelaciones, el Recurso de Apelación signado con el N° KP01-R-2015-000119, siendo esta la OMISIÓN a la que se le atribuía la violación de los derechos constitucionales según lo manifestado por la accionante en su solicitud de amparo.
Regístrese la presente decisión. Cúmplase.
La parte interesada, po.....