DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR SIN LUGAR la RECUSACIÓN, interpuesta por los ciudadanos ARNOLDO MARTINEZ VEGAS, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V- 19.232.576 y DANIEL ARNOLDO MARTINEZ VEGAS, TIUTLAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V- 17.783.649, en su condición de Imputados, contra la Juez de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control Nº 09 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Abogada Zuleima Angulo, en el Asunto Principal signado bajo el Nº KP01-P-2014-014748 , basándose en los numerales 7° y 8° de la causales de inhibición y recusación previstas en el artículo 89 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese. Líbrese Boleta de Notificación a la recusante y al Juez Recusado, a los fines de remitirle copia certificada de la presente decisión.-
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