Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículos 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Fanny Camacaro Rojas, en su carácter de Defensora Publica del ciudadano William Pastor Herrera Barreto, contra la decisión dictada en fecha 17 de Septiembre de 2013, mediante la cual el Tribunal Segundo de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, condena al ciudadano William Pastor Herrera Barreto, a cumplir la pena de 9 años y 6 meses de prisión, por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Drogas, tipificado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en el asunto principal Nº KP01-P-2010-015675. Se fija la Audiencia Oral para el día LUNES 27 DE OCTUBRE DE 2014, A LAS 10:30 AM, a los fines de debatir los fundamentos del recurso conforme lo establec.....