Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Carmen Vale Rojas, en su condición de defensora pública, del imputado Daniel Rafael Cordero, contra de la decisión dictada en la audiencia oral celebrada en fecha 24-02-2014 y fundamentada en fecha 26-02-2014, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en función de Control Nº 04 del circuito judicial penal del estado Lara, en el asunto Nº KP01-P-2014-003694, mediante la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad al imputado Daniel Rafael Cordero, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal venezolano, Asociación para Delinquir, previs.....