DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Alirio Echeverría, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Eddy Eduardo Cortez Pérez, contra la decisión dictada en fecha 05-05-2015 y fundamentada en fecha 11-05-2015, por la Juez del Tribunal de Primera Instancia Municipal en función de Control Nº 2 de este Circuito Judicial Penal, en el asunto signado bajo el Nº KP03-P-2015-000829; mediante la cual impuso la Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano Eddy Eduardo Cortez Pérez, debido a que se encentran llenos los de extremos de ley contenidos en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, imputado por los delitos de POSESIÓN ILICITA DE ARMA .....