PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, el Recurso de Apelación contra la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 05 de éste Circuito Judicial Penal, dictada el día Veintiuno (21) de Julio del 2005, en el Juicio seguido contra la ciudadana NANCY COROMOTO ALVARADO TORRES, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS Y FALTA ATESTACIÓN DE IDENTIDAD previsto y sancionada en los artículos 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 321, segundo aparte, del Código Penal Vigente, donde se había condenado al mismo.
SEGUNDO: DECLARA LA NULIDAD DE LA SENTENCIA CONDENATORIA, producida por el Juzgado de Juicio No. 5 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara en fecha 21 de Julio del 2005, conforme a lo previsto en el numeral 2 del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal. Y EN CONSECUENCIA, SE ORDENA LA CELEBRACION DE UN NUEVO JUICIO ORAL Y PUBLICO, ANTE UN JUEZ DEL MISMO CI.....