DISPOSITIVA
En base a las anteriores consideraciones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Yoleida Rodríguez, en su condición de Defensora Pública actuando en tal carácter de la ciudadana Margaret Fabiola Gallardo, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Municipal en Función de Control Nº 01 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en fecha 27-02-2015, mediante la cual impuso la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a la ciudadana Margaret Fabiola Gallardo por la presunta comisión del delito de Trato Cruel en Grado de Continuidad, previsto y sancionado en el artículo 254 de la LOPNNA en concordancia con el artículo 99 y 77 numerales 1, 5, 8, 9, 14 y 17 del Código Penal.
Publíquese, Regístrese y remítase al Tribunal .....