Por las razones que preceden esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE, el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Estela Méndez, en su condición de Defensora Privada del ciudadano IVAN CARLOS MENDEZ BRILLEMBOURG, de conformidad con el literal "c" del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, notifíquese y remítase al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio correspondiente a los fines de que sean agregadas las presentes actuaciones al Asunto Principal.