Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abg. Solanger Pérez Abreu, en su condición de defensora pública del imputado Michael Adelis Fernández Díaz, contra de la decisión dictada en la audiencia oral celebrada en fecha 14-01-2015 y fundamentada 15-01-2015, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en función de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en el asunto Nº KP01-P-2015-000282, mediante la cual decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad al imputado Michael Adelis Fernández Díaz, por la presunta comisión de los delitos de Asalto a Unidad de Transporte Público, previsto y sancionado en el artículo 357, tercer aparte del Código Penal y Uso de Arma.....