Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental con sede en el estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se declara Sin Lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado César Alberto Caldera, abogado en libre ejercicio, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo la matrícula N° 143.952, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano Daniel Jesús Perozo Barcos, quien interpone recurso de apelación en contra de la decisión dictada en fecha 17 de abril de 2019 y fundamentada en fecha 10 de mayo de 2019, así como de la decisión emanada en fecha 13 de mayo de 2019, por el Juzgado Segundo en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Lara.
Segundo: Se confirma .....