Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental con sede en el estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el por el profesional del derecho Abogado SILBERTO JOSÉ TREMARIA, titular de la cédula de identidad número {...}, inscrito en el IPSA bajo el número 51.583 y Abogado DE SIMONE CAPRILE GIAN FRANCO, titular de la cédula de identidad número v- {...}inscrito en el IPSA bajo el número 166.495, actuando en su carácter de defensores privados del ciudadano JOSE ANTONIO PERDOMO HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad número {...}, en contra decisión dictada en fecha 09 de octubre de 2017 y publicado auto fundado en fecha 13 de octubre de 2017, por parte del Tribunal Penal De Primera Instancia Estadal.....