Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que la Ley le confiere, Resuelve:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por el ABOGADO PEDRO JESÚS GUANIPA PÉREZ, actuando en su carácter de defensor privado del ciudadano DENCY JOSÉ DÍAZ PAREDES, titular de la cédula de identidad N° [...], en contra de la decisión dictada en fecha 16 de febrero de 2018, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N°2 del Circuito Judicial Penal de Punto Fijo, estado Falcón, mediante la cual: "Se declara Parcialmente (sic) con lugar la petición Fiscal (sic) y en consecuencia este Tribunal decreta al ciudadano DENSI DIAZ (sic) PAREDES (...), titular de la Cedula de identidad (sic) N° V.-6.565.221 (...), PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIB.....