Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ROSA DE JESUS FLORES, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-9.053.592, a sus hijos ciudadanos SERELDA ROSA RODRÍGUEZ FLORES, WILFREDO ENRIQUE FLORES, MIREYA DEL CARMEN FLORES de COLOMBO, ROSA MINERBA RODRIGUEZ FLORES, LUIS ALBERTO RODRIGUEZ FLORES, JOSE DE JESUS RODRIGUEZ FLORES, CARLOS LUIS RODRIGUEZ FLORES Y JOHNNY JOSE RODRIGUEZ FLORES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.449.690, V-5.933.292, V-5.933.294, V-9.639.144, V-10.761.786, V-10.768.051, V-15.262.899, y V-12.944.819 respectivamente, quienes como tal concurrirán a la herencia dejada por la de-Cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificad.....