éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, en consecuencia DECLARA, a los ciudadanos CRISTO DE JESUS PEREZ ROJAS, JAIME RAFAEL PEREZ PAEZ, ZAIDA MARISOL PEREZ de SERRANO y ALEXIS RAMON PEREZ PAEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-1.438.390, V-5.322.152, V-5.933.678 y V-5.935.843, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante CARMEN RAMONA PAEZ DE PEREZ, antes identificada.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del.....