Este Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana, ISABEL IDALIA CORONADO CONTRERAS, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.624.411 inscrita en el Inpreabogado N° 90.200 actuando en su carácter de apoderada judicial dicho poder otorgado por ante la Notaría Pública Primera de Barquisimeto Estado Lara, en fecha 13 de Noviembre de 2013, anotado bajo el Nro. 20, Tomo 333 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria, de la COMPAÑÍA ANÓNIMA PARA EL DESARROLLO DE LAS ZONAS INDUSTRIALES DE BARQUISIMETO, inscrita por ante el Registro Mercantil que lleva el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, el dia 18-11-1964, bajo el Nro. 113, Folios 30vto. Al 40vt.....