Este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia en nombre de la república y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS interpuesta por el Abogado LEVIN ANTONIO PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.340.821, inscrito por ante el Inpreabogado bajo el N° 90.249, actuando como representante legal de la Empresa EL BODEGON DE LUIS, C.A. ubicada en la Urbanización Valle Hondo, Tercera Etapa del Municipio Palavecino del Estado Lara, registrada por ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, bajo el N° 33, Tomo 12-A, de fecha 22 de marzo de 1990, de conformidad a lo establecido en los artículos 78 y 341 del Código de Procedimiento Civil.