Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente solicitud de Titulo Supletorio presentada por los ciudadanos MILAGRO JANETH CASTILLO HERNANDEZ, MAYRELYN EDIMAR DUN CASTILLO, ROBERTO ANTONIO DUN CASTILLO y DUBY DARIO DUN SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-13.083.190, V-21.126.149, V-24.418.493 y V-10.121.214, de este domicilio, la primera aduce actuar en nombre propio y en representación de sus hermanos JOSE ISAIAS CASTILLO, ANA MARIA CASTILLO HERNANDEZ, MARIA ANGELA CASTILLO HERNANDEZ, Y JOSE GREGORIO CASTILLO HERNANDES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.317.482, V-7.317.480, V-7.439.136 y V-11.595.987, según consta en instrumento poder autenticado por ante la Notaria Pública Segunda del Estado Lara, anexa copia simple del referido poder, asistidos en este acto por la Abogado VILMA MENDES, Inpreabogad.....