En mérito de los razonamientos que anteceden este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MADIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CICUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por MARITZA JOSEFINA BARRADAS contra NELSON RAFAEL DELGADO, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada NELSON RAFAEL DELGADO, plenamente identificado en autos a hacer entrega del inmueble libre de personas y cosas a la ciudadana MARITZA JOSEFINA BARRADAS, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.303.560.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por resultar totalmente vencida de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.