este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, especialmente por el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los Ciudadanos: CLAUDIA ISABEL TORREALBA VARON y CARLOS ALBERTO GIL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-21.506.824 y V-17.854.835, respectivamente