En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR LA MATERI, para conocer del presente asunto interpuesta por los ciudadanos: KATHERINE PAOLA CABRERA MONTES, AMILCAR ENRIQUE CABRERA MONTES, MOISES DANIEL CABRERA MONTES, GABRIEL VALENTIN CABRERA MONTES, BARBARA KARINA CABRERA MONTES y MILAXIS ALIDA MONTES MUJICA, asistidos por el Abg. JESUS HERRERA, todos arriba identificados.
SEGUNDO: Se DECLINA LA COMPETENCIA en los Juzgados de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En consecuencia una vez que quede firme el presente auto, se ordena la remisión del presente expediente en original a la Unidad Receptora y Distribuidora de Documentos (U.R.D.D., CIVIL)) a los fines de distribuirlos entre los Juzgados de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.-
Publíquese y regístrese y déjese copia certi.....