este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A presentada por los ciudadanos DARLYN YULIET CHIRINOS RIVAS y ANGELO BRICEÑO LEONE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-19.264.326 y V-18.997.390.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior DISUELTO EL VÍNCULOMATRIMONIAL, celebrado en fecha 06 de agosto de 2015, por ante el Registro Civil Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del estado Lara, según consta en Acta N° 352 de los libros de matrimonios del año 2015.-
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes una vez la presente decisión quede definitivamente firme conforme a lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civ.....